Art. 1
1 / 19En vigor desde 6 oct 2022
1. El presente real decreto tiene por objeto regular la normativa básica del procedimiento de integración del profesorado del Cuerpo, a extinguir, de Profesores Técnicos de Formación Profesional en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional undécima de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
2. Igualmente tiene por objeto el desarrollo de diferentes medidas sobre el profesorado funcionario que imparte docencia en las enseñanzas de formación profesional, constituido por Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, a extinguir, y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, al objeto de ordenar su regulación reglamentaria, así como hacer posible el correcto funcionamiento de los diferentes cuerpos de la función pública docente de las enseñanzas no universitarias.
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Proeli/es/rd/2022/10/04/800#art-1