Art. Artículo único
1 / 37En vigor desde 27 mar 2019
1. Se crea la Academia Joven de España como corporación de derecho público de ámbito nacional.
2. La Academia se regirá por los Estatutos que se incluyen como Anexo de este real decreto y por su Reglamento de régimen interior.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2019/02/22/80#articulo-unico