Art. 26
Capítulo CAPÍTULO VI

Art. 26

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En vigor desde 27 mar 2019
La Academia publicará: 1. Un «Anuario», en el que se recogerá un resumen de la historia de la Academia, un detalle de su actividad anual, un listado completo de sus Académicos, una relación de las disposiciones oficiales que afecten a la Institución y los premios que convoca la Academia en el año de su edición. 2. Las conferencias, discursos y trabajos premiados en los concursos anuales, que acuerde la Junta de Gobierno. 3. Las memorias, disertaciones y monografías existentes en su archivo, así como los documentos históricos que por su naturaleza o valor merezcan ser editados. 4. Los textos y monografías que, a iniciativa de la Junta de Gobierno, apruebe la Junta de Gobierno. 5. En las obras que la Academia autorice o publique, cada autor será responsable de los juicios y opiniones expresados.
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eli/es/rd/2019/02/22/80#art-26