Art. Disposición adicional cuarta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional cuarta

19 / 26
En vigor desde 16 jul 2005
El Ministerio de Vivienda, en tanto se dota de la unidad orgánica correspondiente, encomienda el ejercicio de las funciones que corresponden a la Inspección General de Servicios del departamento a la Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/07/01/799#disposicion-adicional-cuarta