Art. Disposición adicional segunda
3 / 78En vigor desde 14 nov 2023
Todas las definiciones contenidas en el anexo de la Ley Orgánica 11/2021, de 28 de diciembre, serán de aplicación a efectos de lo dispuesto en el presente real decreto y en el reglamento que se aprueba mediante este real decreto.
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Proeli/es/rd/2023/10/24/792#disposicion-adicional-segunda