Art. Disposición final quinta
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final quinta

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En vigor desde 2 ene 2024
El artículo 14.4 Real Decreto 637/2021, de 27 de julio, por el que se establecen las normas básicas de ordenación de las granjas avícolas, queda redactado como sigue: «4. Para el movimiento dentro del territorio nacional de los animales afectados por este real decreto, deberá acreditarse en el certificado oficial de movimiento nacional que se cumplen los requisitos generales y los específicos que para cada caso se contemplan en el anexo VII.»
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