Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 42En vigor desde 2 ene 2024
El presente real decreto regula el sistema de identificación, trazabilidad y registro de los bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, camélidos, cérvidos, aves de corral, lepóridos y especies peleteras, abejas y psitácidas en España, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») y los reglamentos delegados y de ejecución que de él se derivan.
La aplicación del presente real decreto se entiende sin perjuicio de cuantas normas sectoriales concurran y sin menoscabo de las competencias correspondientes de las autoridades ambientales o de comercio.
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Proeli/es/rd/2023/10/17/787#art-1