Art. Disposición final primera
4 / 7En vigor desde 19 oct 2023
El Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, queda modificado como sigue:
Uno. El apartado 1 del artículo 10 ter queda redactado como sigue:
«1. Las organizaciones interprofesionales pesqueras nacionales deberán remitir a la Dirección General de la Industria Alimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, antes del 30 de junio de cada año, la memoria anual de actividades del año anterior, el grado de implantación al cierre del ejercicio, las cuentas anuales aprobadas y el presupuesto anual de ingresos y gastos del ejercicio corriente. En el caso de tener extensión de normas aprobadas vigentes, o en caso de que la entidad se vea obligada por otra normativa, se deberán presentar las cuentas anuales aprobadas, debidamente auditadas.»
Dos. Se añade un nuevo párrafo a la disposición transitoria única, con la siguiente redacción:
«Las OPP y AOP transnacionales o que se hayan acogido a lo dispuesto en el artículo 6.2 de la OCM reconocidas con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 786/2023, de 17 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura, mantendrán su calificación sin que se les apliquen las reglas recogidas en este real decreto a efectos de su calificación.»
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Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
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Proeli/es/rd/2023/10/17/786#disposicion-final-primera