Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 1 nov 2021
Este reglamento tiene por objeto la adopción de medidas de protección y apoyo para la conservación de buques y embarcaciones históricos y sus reproducciones singulares, mediante la regulación de su registro, su documentación y el establecimiento de un régimen simplificado de certificación e inspección.
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