Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

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Queda derogado el Real Decreto 1404/1983, de 13 de abril, así como los artículos 3.º y 4.º del Real Decreto 2547/1983, de 4 de agosto, por el que se fija el volumen y precio del alcohol etílico rectificado de caña en la zafra de 1983 y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
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