Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 30 jul 2017
1. Corresponde a la Dirección General para África el ejercicio de las siguientes competencias: a) La propuesta y ejecución de la política exterior de España en su área geográfica correspondiente. b) El impulso de las relaciones bilaterales con los países que engloba. c) El seguimiento de las iniciativas y foros multilaterales del área geográfica de su competencia. 2. La Dirección General se estructura en el siguiente órgano directivo con nivel orgánico de subdirección general: a) La Subdirección General de África Subsahariana, a la que corresponde, el ejercicio de las funciones previstas en las letras a), b) y c) del apartado anterior.
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