Art. 25
Título Estatutos Generales del Consejo General de Colegios Oficiales de MédicosCapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª de los Órganos Unipersonales del Consejo General

Art. 25

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En vigor desde 18 jun 2006
Los Representantes Nacionales de las Secciones Colegiales serán miembros natos de la Asamblea General con voz y voto.
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