Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPITULO XIII

Art. Disposición derogatoria única

53 / 56
En vigor desde 9 jul 2005
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto y, en particular, el Real Decreto 291/2004, de 20 de febrero, por el que se regula el régimen de la tasa láctea.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/06/24/754#disposicion-derogatoria-unica