Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 18 jun 2010
Queda suprimida la Secretaría Permanente del Consejo Asesor de Personal. El personal que se encontraba destinado en la Secretaría Permanente del Consejo Asesor de Personal a la entrada en vigor del presente real decreto se integrará en la nueva Oficina de Apoyo, conservando la antigüedad y demás derechos profesionales que tienen reconocidos en su actual destino.
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