Art. Artículo único

Art. Artículo único

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En vigor desde 22 oct 2017
Se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina de España, que se insertan como anexo de este real decreto. Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 896/2017, de 6 de octubre. Ref. BOE-A-2017-12041

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eli/es/rd/2011/05/27/750#articulo-unico