Capítulo CAPÍTULO V
Art. DISPOSICIÓN ADICIONAL
Derogado11 / 16En vigor desde 24 ene 1990
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Los Centros o Servicios que han sido acreditados, al amparo de la Orden de 31 de octubre de 1985, reguladora de los tratamientos de deshabituación con metadona, se consideran, asimismo, acreditados para los tratamientos con los principios activos incluidos en la lista del anexo de este Real Decreto, salvo en aquellas Comunidades Autónomas en las que las normativas que lo desarrollen dispongan lo contrario.
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Proeli/es/rd/1990/01/19/75#disposicion-adicional