Art. Disposición final tercera
8 / 45En vigor desde 17 jun 2008
Será de aplicación supletoria en lo no dispuesto en el presente reglamento, el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento del ejercicio de la potestad sancionadora.
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Proeli/es/rd/2008/05/09/747#disposicion-final-tercera