Art. Disposición transitoria primera
11 / 16En vigor desde 2 ago 2015
No obstante lo previsto en la disposición derogatoria única, los artículos 3 y 5 del Real Decreto 1303/2009, de 31 de julio, seguirán siendo de aplicación hasta el final de la campaña 2015/2016.
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Proeli/es/rd/2015/07/31/739#disposicion-transitoria-primera