Art. Disposición transitoria tercera

Art. Disposición transitoria tercera

25 / 31
En vigor desde 5 ago 2020
Hasta tanto se modifique la Orden INT/1251/2004, de 7 de mayo, por la que se regula el Comité Ejecutivo para el Mando Unificado, las referencias a este órgano se entenderán hechas al Comité Ejecutivo de Coordinación al que se refiere el artículo 2.4.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/08/04/734#disposicion-transitoria-tercera