Art. Disposición adicional tercera
Título TITULO IVCapítulo CAPITULO IIISecc. Sección 2.ª Procedimiento para la tramitación de los expedientes disciplinarios

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 3 jun 1995
Lo dispuesto en este Real Decreto se aplicará a los alumnos que utilicen el servicio de residencia, con las adaptaciones que se regulen en el Reglamento de régimen interior del centro.
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