Título TITULO IV›Capítulo CAPITULO I
Art. 47
47 / 64En vigor desde 3 jun 1995
Los Consejos Escolares de los centros supervisarán el cumplimiento efectivo de las correcciones en los términos en que hayan sido impuestas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/05/05/732#art-47