Título TITULO II
Art. 30
30 / 64En vigor desde 3 jun 1995
Los alumnos tienen derecho a participar, en calidad de voluntarios, en las actividades de los centros docentes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/05/05/732#art-30