Art. 33
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 33

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En vigor desde 3 sept 2023
La Agencia dispondrá de su propia relación de puestos de trabajo, aprobada por el Consejo Rector, dentro del marco de actuación que, en materia de recursos humanos, se establezca en el Contrato de gestión.
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eli/es/rd/2023/08/22/729#art-33