Art. Disposición transitoria primera
Libro ESTATUTOS GENERALES DE LOS COLEGIOS OFICIALES DE INGENIEROS AGRÓNOMOS Y DE SU CONSEJO GENERAL›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 2.ª Régimen económico

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 7 sept 2017
Los miembros de los actuales órganos de gobierno del Consejo General permanecerán en sus cargos hasta la expiración de su mandato, convocándose entonces elecciones de conformidad con lo dispuesto en los presentes Estatutos Generales.
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