Art. Disposición final quinta

Art. Disposición final quinta

18 / 18
En vigor desde 5 nov 2020
Este real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/08/04/726#disposicion-final-quinta