Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final tercera
20 / 21En vigor desde 23 jul 2017
Corresponde al Ministro de Educación, Cultura y Deporte, en el ámbito de sus competencias, dictar las normas que sean precisas para la aplicación y desarrollo de lo establecido en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2017/07/21/726#disposicion-final-tercera