Art. 5
5 / 17En vigor desde 20 ago 2017
Tienen facultad para cancelar cualquier nota desfavorable:
a) El Director General de Personal del Ministerio de Defensa para el personal de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas;
b) los Mandos o Jefes de Personal de los Ejércitos para el personal de su respectivo Ejército, y
c) el Subdirector General de Personal de la Guardia Civil, para el personal de este Cuerpo.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2017/07/14/719#art-5