Art. Disposición adicional segunda

Art. Disposición adicional segunda

7 / 10
En vigor desde 24 jul 2005
Quedan suprimidos los siguientes órganos colegiados: el Consejo Promotor del Turismo y el Observatorio del Turismo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2005/06/20/719#disposicion-adicional-segunda