Art. Disposición adicional quinta
18 / 26En vigor desde 25 jul 2024
En los casos de vacancia, ausencia o enfermedad del titular de un órgano directivo, en aplicación de lo previsto en el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, corresponderá designar al suplente a la persona titular del órgano jerárquicamente superior al del órgano que haya de ser suplido.
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Proeli/es/rd/2024/07/23/717#disposicion-adicional-quinta