Art. Disposición final tercera
15 / 16En vigor desde 11 jun 2006
Se autoriza a los Ministros de Justicia, de Defensa y del Interior para que, en el ámbito de sus competencias, dicten las normas necesarias para la aplicación de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2006/06/09/710#disposicion-final-tercera