Art. Disposición adicional segunda
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El Real Patronato sobre Discapacidad, O.A., a través del Centro Español de Accesibilidad Cognitiva, creará un grupo de trabajo técnico y especializado con el objetivo de proponer, en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto, un catálogo de referencia con los pictogramas para la señalización existentes con el objetivo de establecer uno de ellos como preferente de acuerdo con la normativa existente. El catálogo deberá aprobarse por el Ministerio competente en materia de discapacidad, que instará a su uso en los ámbitos a los que se aplica el reglamento. El catálogo será público y gratuito y tendrá por finalidad la generalización del uso de estos pictogramas para la señalización por parte de los operadores obligados por el reglamento aprobado en virtud de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2026/09/02/707#disposicion-adicional-segunda