Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 6 abr 1979
Promulgada la Constitución, resulta obligado determinar, de acuerdo con la misma, la fórmula de juramento o promesa para la toma de posesión de cargos o funciones públicas. En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cuatro de abril de mil novecientos setenta y nueve, DISPONGO:
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eli/es/rd/1979/04/05/707#preambulo-preambulo