Art. Disposición final séptima
16 / 17En vigor desde 30 jul 2020
Se habilita a las personas titulares de los Ministerios de Sanidad, Justicia y Universidades, en función de sus competencias, para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto.
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Proeli/es/rd/2020/07/28/704#disposicion-final-septima