Art. Disposición final segunda

Art. Disposición final segunda

4 / 5
En vigor desde 30 jul 2020
Por la Ministra de Defensa se dictarán las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2020/07/28/701#disposicion-final-segunda