Art. Artículo único

Art. Artículo único

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En vigor desde 30 jul 2020
1. Se crea la medalla conmemorativa de la «Operación Balmis» para reconocer al personal de las Fuerzas Armadas y personal civil adscrito al Ministerio de Defensa que ha participado en la lucha contra el COVID-19, en el marco de dicha operación. 2. Mediante orden de la Ministra de Defensa se determinarán todos aquellos aspectos relativos al procedimiento para la concesión de la medalla, la descripción de la condecoración correspondiente y las medidas que resulten necesarias para su tramitación y anotación.
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