Art. 7
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 7

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En vigor desde 11 ene 2020
Las competencias profesionales, personales y sociales del ciclo de grado superior en alta montaña son las que se relacionan a continuación: a) Dominar las técnicas específicas de progresión en alta montaña, escalada en hielo y esquí de montaña, con el nivel suficiente para el desarrollo de las tareas propias del guiado de personas en alta montaña. b) Analizar, identificar y valorar las condiciones del entorno de alta montaña, las características de las actividades de conducción dentro del terreno de su competencia y el entorno del deportista o equipo, para la planificación de actividades de guiado en alta montaña. c) Analizar, identificar y valorar los factores de rendimiento (funcionales, técnicos, tácticos, psicológicos) propios de las actividades en alta montaña para la planificación del entrenamiento y perfeccionamiento de las técnicas de progresión específicas de alta montaña. d) Programar a medio y largo plazo el entrenamiento y perfeccionamiento de las técnicas de progresión en alta montaña, determinando los objetivos y medios necesarios, a partir de las valoraciones y análisis previos realizados. e) Programar a corto plazo el entrenamiento y perfeccionamiento de las técnicas de progresión en alta montaña, los objetivos y los medios necesarios y concretar las sesiones, adecuándolas al grupo y a las condiciones existentes de acuerdo con la programación general. f) Dirigir la sesión de entrenamiento de las técnicas específicas de progresión en el terreno nevado y hielo, en escalada en roca en alta montaña, escalada en hielo y en esquí de montaña, solucionando las contingencias existentes para conseguir la implicación y el rendimiento conforme a los objetivos propuestos, y dentro de las normas medioambientales y los márgenes de seguridad requeridos. g) Preparar, adaptar, optimizar y transportar los medios necesarios para la organización y práctica de actividades de guiado en la alta montaña, garantizando su adecuación a las exigencias del medio, de acuerdo a los protocolos de seguridad y la normativa medioambiental. h) Gestionar el riesgo inherente a la práctica de actividades de guiado, enseñanza y entrenamiento en alta montaña, supervisando las condiciones del terreno, del itinerario, de las condiciones meteorológicas, así como de las instalaciones y equipamiento en caso de que las hubiera y los medios a utilizar, interviniendo mediante la ayuda o el rescate en las situaciones de riesgo detectadas, asistiendo como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia. i) Determinar, elegir y coordinar equipos de trabajo de carácter multidisciplinar dentro de la preparación y realización de actividades de guiado en montaña. j) Participar en la formación de los técnicos deportivos de los deportes de montaña y escalada y organizar los recursos materiales y humanos en una escuela de alta montaña (alpinismo, escalada en hielo, esquí de montaña), estableciendo las programaciones de referencia. k) Diseñar, organizar y gestionar itinerarios y actividades de conducción en alta montaña, adaptándose a las características geográficas y socioculturales de la zona, respetando los protocolos de seguridad y la normativa medioambiental. l) Guiar a deportistas en itinerarios de alta montaña, utilizando las técnicas específicas de progresión en el terreno nevado y hielo, en escalada en roca, escalada en hielo y en esquí de montaña, manteniendo la orientación y solucionando las contingencias existentes para conseguir los objetivos propuestos dentro de los márgenes de seguridad requeridos. m) Evaluar el proceso de preparación y los resultados obtenidos, programando la recogida de información y realizando su análisis para conseguir el ajuste y mejora del entrenamiento y de la conducción en terrenos de alta montaña. n) Transmitir a través del comportamiento ético personal valores vinculados con el juego limpio, el respeto a los demás y el respeto y cuidado del propio cuerpo. ñ) Mantener una identidad profesional y un espíritu de innovación y actualización que facilite la adaptación a los cambios que se produzcan en la modalidad deportiva y en su entorno organizativo.
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eli/es/rd/2019/11/29/701#art-7