Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 12
12 / 41En vigor desde 11 ene 2020
1. Los ciclos de grado superior en alta montaña y grado superior en escalada se estructuran en módulos, agrupados en un bloque común y un bloque específico.
2. Los módulos comunes de enseñanza deportiva de los ciclos de grado superior en alta montaña y grado superior en escalada son los que a continuación se relacionan:
MED–C301 Factores fisiológicos del alto rendimiento.
MED–C302 Factores psicosociales del alto rendimiento.
MED–C303 Formación de formadores deportivos.
MED–C304 Organización y gestión aplicada al alto rendimiento.
Los módulos específicos de enseña deportiva del ciclo de grado superior en alta montaña, son los que a continuación se relacionan:
MED–MOAM302 Perfeccionamiento técnico en alta montaña.
MED–MOAM303 Guiado en alta montaña.
MED–MOAM304 Escalada en hielo.
MED–MOAM305 Esquí de montaña.
MED–MOAM306 Preparación física del deportista de alta montaña.
MED–MOAM307 Proyecto final.
MED–MOAM308 Formación práctica.
Los módulos específicos de enseñanza deportiva del ciclo de grado superior en escalada, son los que a continuación se relacionan:
MED–MORO309 Planificación en escalada deportiva.
MED–MORO310 Entrenamiento en escalada.
MED–MORO311 Organización de eventos de escalada.
MED–MORO312 Escuela de escalada.
MED–MORO313 Proyecto final.
MED–MORO314 Formación práctica.
3. La distribución horaria de los currículos básicos de los ciclos de grado superior en alta montaña y grado superior en escalada se establece en el anexo I. B.
4. Los objetivos generales y los módulos de enseñanza deportiva de los ciclos de grado superior en alta montaña y grado superior en escalada quedan desarrollados, respectivamente, en los anexos II y III.
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Proeli/es/rd/2019/11/29/701#art-12