Art. Disposición final primera
21 / 23En vigor desde 6 feb 2015
Este real decreto se dicta al amparo del título competencial previsto en el artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de legislación laboral, sin perjuicio de su ejecución por los órganos de las comunidades autónomas.
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Proeli/es/rd/2015/01/16/7#disposicion-final-primera