Art. 3
3 / 15En vigor desde 29 ene 1997
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales ejercerá las siguientes funciones:
1. El fomento, promoción y ordenación de las actividades cinematográficas y audiovisuales españolas en sus tres aspectos de producción, distribución y exhibición.
2. La promoción de la cinematografía y de las artes audiovisuales españolas.
3. La recuperación, restauración, conservación, investigación y difusión del patrimonio cinematográfico.
4. La cooperación en la formación de profesionales en las distintas especialidades cinematográficas.
5. Las relaciones con organismos e instituciones internacionales y extranjeros de fines similares.
6. La cooperación con las Comunidades Autónomas en materia de cinematografía y artes audiovisuales, de acuerdo con aquéllas.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1997/01/10/7#art-3