Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 29En vigor desde 14 jun 2007
El Consejo Escolar del Estado es el órgano colegiado de ámbito nacional para la participación de los sectores afectados en la programación general de la enseñanza y de asesoramiento respecto de los proyectos de ley o reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno.
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Proeli/es/rd/2007/06/01/694#art-1