Art. 9
9 / 19En vigor desde 27 feb 2019
1. La Comisión aprobará un reglamento interno de funcionamiento, pudiendo crear subcomisiones para el análisis y preparación del régimen tarifario.
2. El funcionamiento de la Comisión no supondrá incremento alguno del gasto público y será atendida con los medios materiales y humanos ya existentes en cada una de las administraciones participantes.
3. La Comisión se regirá, en todo lo no previsto en este real decreto, por lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
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Proeli/es/rd/2019/02/15/69#art-9