Art. 5
5 / 17En vigor desde 5 ago 2021
1. Se crea la Comisión Nacional de la Especialidad de Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia, con la composición y funciones que se prevén en el artículo 28 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre.
2. Se constituye la Comisión Delegada de Psiquiatría del Consejo Nacional de Especialidades en Ciencias de la Salud. Esta Comisión Delegada estará formada por cuatro vocales que representarán de forma paritaria a las dos comisiones nacionales de las especialidades objeto de este real decreto.
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Proeli/es/rd/2021/08/03/689#art-5