Art. Disposición transitoria cuarta

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 22 jul 2020
Hasta que la Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación a la que se refiere el artículo 12.16 de este real decreto no se encuentre dotada de normas de organización y funcionamiento continuarán manteniendo su vigencia las divisiones previstas en el artículo 12 del Real Decreto 1113/2018, de 7 de septiembre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda.
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