Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 22 jul 2020
Quedan suprimidos los siguientes órganos: a) Subdirección General de Financiación de las Comunidades Autónomas. b) Subdirección General de Relaciones Financieras con las Comunidades Autónomas. c) Subdirección General de Análisis Presupuestario y Organización Institucional del Sector Público Autonómico. d) Subdirección General de Estudios y Financiación de Entidades Locales. e) Subdirección General de Relaciones Financieras con las Entidades Locales. f) Subdirección General de Sistemas y Organización. g) Subdirección General de Procedimientos y Atención al Ciudadano. h) Subdirección General de Estudios y Sistemas de Información. i) Subdirección General de Impuestos Especiales y de Tributos sobre el Comercio Exterior. j) Subdirección General de Programación y Evaluación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional. k) Subdirección General de Informes sobre Asuntos Fiscales y Presupuestarios y Relaciones Internacionales. l) Subdirección General de Información de Transparencia, Protección de Datos y Servicios Web.
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