Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 22 jul 2023
A la entrada en vigor del presente real decreto queda sin efectos el Real Decreto 21/2016, de 15 de enero, por el que se aprueban los Planes de gestión del riesgo de inundación de las cuencas internas de Andalucía: demarcaciones hidrográficas del Tinto, Odiel y Piedras; del Guadalete y Barbate; y de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas.
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