Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición final primera
25 / 27En vigor desde 13 jun 2010
El presente real decreto tiene carácter de norma básica, al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución.
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Proeli/es/rd/2010/05/20/687#disposicion-final-primera