Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición adicional tercera
52 / 53En vigor desde 23 may 2010
Por orden del Ministro del Interior se establecerán las ocasiones y condiciones para la aplicación de lo previsto en este Reglamento en las visitas oficiales a unidades de la Guardia Civil.
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Proeli/es/rd/2010/05/20/684#disposicion-adicional-tercera