Art. 11
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Art. 11

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En vigor desde 23 may 2010
A la Reina consorte, o al consorte de la Reina, le corresponden los honores militares de arma presentada e himno nacional en versión completa. Se le rendirán cuando presida actos militares y visite oficialmente unidades de las Fuerzas Armadas. También se le rendirán en los de carácter civil que se determinen, así como en la despedida y recepción de sus viajes oficiales al extranjero salvo orden expresa en contra.
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eli/es/rd/2010/05/20/684#art-11