Art. 3

Art. 3

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En vigor desde 25 abr 1999
1. Los órganos rectores del Museo Arqueológico Nacional son el Patronato y el Director. El Director del Museo ejercerá sus funciones bajo la dependencia del Ministerio de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales, y en el marco de las directrices que emanen del Patronato. 2. Dependen de la Dirección del Museo: a) La Subdirección. b) El departamento de Administración. 3. Como órgano asesor existe un Consejo de Dirección, para las funciones específicas que se le atribuyen en el presente Real Decreto. Se modifica el apartado 1 por la disposición final 2 del Real Decreto 570/1999, de 9 de abril. Ref. BOE-A-1999-9131 .

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Pro

eli/es/rd/1993/05/07/683#art-3