Art. Disposición adicional primera

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 4 ago 2021
Quedan suprimidos los siguientes órganos: a) La Secretaría General de Función Pública. b) La Secretaría General de Cultura. c) La Subdirección General de Informes sobre Asuntos de Política Territorial y Función Pública prevista en la letra b) del apartado 2 del artículo 12 del Real Decreto 307/2020, de 11 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Función Pública. d) La Subdirección General de Asuntos Generales y Coordinación a la que se refiere la letra c) del apartado 5 del artículo 11 del Real Decreto 307/2020, de 11 de febrero.
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